IMSS e ISSSTE: jubilados o trabajadores que incumplan con estas obligaciones tendrán cuentas con embargos ¡Conoce los motivos!

IMSS e ISSSTE: jubilados o trabajadores que incumplan con estas obligaciones tendrán cuentas con embargos ¡Conoce los motivos!
¡Atención pensionados! En un fallo reciente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dictaminado que, en ciertos casos excepcionales, las cuentas Afore (subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez) pueden ser objeto de embargo para garantizar el cumplimiento de la pensión alimenticia.
Este criterio representa un cambio importante, pues se rompe la idea de que dichos fondos son absolutamente inembargables en la Pensión ¡Aquí te contamos todos los detalles, para que evites esta acción!
¿En qué casos aplicará este embargo?
El embargo solo se aplicará cuando se cumplan condiciones específicas:
- Deudor alimentario desempleado: la persona que debe la pensión debe estar sin empleo formal y sin otros ingresos disponibles suficientes para cumplir su obligación.
- Sin otros bienes embargables: el juez debe verificar que el deudor no posea otros bienes o recursos que puedan utilizarse para pagar la pensión antes de decidir embargar la cuenta Afore.
- Orden judicial explícita: no es automático; necesita un mandato de juez.
- Límites al monto a embargar: el embargo no podrá exceder lo que se podría retirar voluntariamente si estuvieras desempleado. En términos prácticos, esto significa que se podrá embargar, a lo más, lo menor entre: El equivalente a 75 días del salario base de los últimos cinco años y/o el 10 % del saldo actual de la subcuenta (retiro por desempleo)
- Orden de prioridad: primero se embargan las aportaciones voluntarias que excedan ciertos montos si las hay, y solamente si esas no existieran o fueran insuficientes, se podrá embargar de la subcuenta de retiro, cesantía o vejez.
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¿Qué significa esto para jubilados o pensionados?
Si eres pensionado del IMSS o ISSSTE, este fallo no te afecta automáticamente: solo aplicaría si eres deudor alimentario, estás desempleado, y no tienes otros bienes que respondan por tu obligación ¡No te preocupes!
Cabe resaltar que no todos los casos de pensión alimenticia generarán embargo; dependerá de la situación individual, lo que prueben ante un juez, y si se acatan los requisitos señalados.
El objetivo declarado es garantizar el derecho de los menores a recibir pensión alimenticia, incluso cuando el responsable no tiene empleo o ingresos regulares.
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