Nuevo cambio en trámite de pensión IMSS 2023: Beneficio para beneficiarios en caso de viudez
Importante cambio en el proceso de pensión por viudez del IMSS
El IMSS ha dado a conocer un anuncio significativo para los queridos beneficiarios adultos mayores. Se ha introducido una modificación en relación con los requisitos solicitados para tramitar la pensión por viudez.
Anteriormente, uno de los requisitos para que el pensionado por viudez del IMSS pudiera hacer válida su pensión era que el matrimonio tuviera una duración mínima de 6 meses antes del fallecimiento del cónyuge, o que la pareja hubiera tenido hijos. Sin embargo, se ha implementado un cambio crucial en este requisito.
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La decisión se tomó después de que se resolviera a favor de una mujer en un juicio contra el IMSS. Ella había vivido en concubinato con su pareja, afiliado al instituto, durante 3 años, pero su matrimonio solo duró 12 días antes de la muerte de él. Se le negó la pensión basada en las condiciones anteriores.
Los ministros determinaron que el artículo 132 de la Ley del Seguro Social vigente establecía un requisito injustificado para acceder a la pensión IMSS por viudez. Argumentaron que desde el inicio de un matrimonio se adquieren tanto obligaciones como derechos.
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Además, consideraron que exigir que los pensionados hubieran tenido hijos vulnera los Derechos Humanos a la igualdad, no discriminación y seguridad social establecida en la Constitución. Este requerimiento omitía injustamente a aquellos que no tuvieron descendencia.
El nuevo cambio significa que aquellos que se casen recientemente podrán tener derecho a ser beneficiarios en caso de muerte prematura del afiliado. Esta modificación promete un México más justo y equitativo para los queridos beneficiarios adultos mayores.
Decisión sobre pensiones por viudez y nuevo matrimonio
Además, la segunda sala determinó que las normas que condicionaban el beneficio de una pensión por viudez a que el cónyuge sobreviviente no se volviera a casar son discriminatorias y contravienen el principio de seguridad social. Esto surgió de un caso en el que una mujer que recibía una pensión vitalicia la perdió cuando decidió casarse nuevamente.
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Negar la pensión basada en el estado civil es una forma de discriminación, y va en contra del derecho a la seguridad social y el principio de previsión social. Se reconoció que esta norma pone en riesgo la subsistencia de los beneficiarios del trabajador que hizo sus aportaciones durante años. La sala brindó protección a la mujer y ordenó emitir un nuevo fallo, dejando sin efecto la norma discriminatoria.