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Tiempo límite para solicitar pago de marcha si fallece el titular de la Pensión Bienestar 2025

La Secretaría del Bienestar otorga el «Pago de marcha» como una ayuda económica a los familiares o personas auxiliares de beneficiarios de programas sociales específicos tras su fallecimiento.

El pago de marcha es un pago único que está destinado a cubrir los gastos inmediatos relacionados con el fallecimiento del beneficiario.

Estos adultos mayores tendrán pago doble de la Pensión Bienestar 2025

El plazo para que los familiares de la persona fallecida se den de alta en el pago de marzo en la Pensión Bienestar 2025 es de dos bimestres posteriores al fallecimiento. Con ello se pretende evitar la pérdida del derecho a la manutención.

La cuantía del pago está supeditada a la inscripción del beneficiario en el programa, y es imprescindible notificar su fallecimiento en el plazo establecido para recibir esta ayuda.

La Pensión para el Bienestar de las Personas Mayores, la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad y la Pensión para el Bienestar de la Mujer son los tres regímenes principales que ofrecen el pago de marzo. La cuantía de la ayuda de cada uno de estos programas viene determinada por la pensión que percibía el titular antes de su fallecimiento.

Pensión para adultos mayores – 3 mil 100 pesos

Pensión para personas con discapacidad -1,600 pesos

Pensión Mujeres Bienestar -1,500 pesos

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¿Cuál es el proceso para solicitar la pago de Marcha?

Se accede a la Paga Marcha notificando el fallecimiento del beneficiario a la Línea de Previsión Social, en el teléfono 800 639 42 64. La Secretaría de Bienestar exige que esta notificación se presente dentro de los dos meses siguientes al fallecimiento de la persona. En caso contrario, se perderá el derecho a recibir la ayuda. La línea es accesible de 8:00 a 21:00 horas de lunes a viernes, y de 9:00 a 19:00 horas los fines de semana y festivos.

Durante la llamada se solicitarán los datos personales tanto del auxiliar como del beneficiario fallecido. Entre los documentos necesarios se encuentra un certificado médico de defunción o un certificado de defunción expedido por una institución pública. Es imprescindible que el auxiliar posea esta documentación en el momento de la notificación. El pago se emitirá en los dos meses siguientes a la finalización del proceso.

La Paga de Marzo solo podrá ser emitida a la auxiliar inscrita en el programa, según destaca la Secretaría de Bienestar. En caso de que no se haya designado un auxiliar, el Comité Técnico del Programa evaluará las circunstancias para determinar si se puede otorgar el apoyo. Además, se subrayó que es ilegal que cualquier persona cobre beneficios de un beneficiario fallecido, por lo que es imperativo eliminar al beneficiario del registro.

Esta información es necesaria para ambas personas

  • CURP
  • Direcciones de domicilios
  • Claves de elector
  • Números de contacto

Pasos a seguir si necesitas solicitar una reposición de tu Tarjeta Bienestar

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