Estas son las Razones por las que Te Pueden Retener el Pago de la Pensión Bienestar
Adultos mayores ¿Sabían que se aumentaron a ocho las razones por las que pueden retener el pago de la pensión para los adultos mayores en 2024? Así es en las reglas de operación de la pensión del bienestar para los queridos adultos mayores vigentes para el año 2024, publicadas el pasado 29 de diciembre del 2023 se menciona en su numeral 3.6. Aquí en Bolsa de trabajo te explicaremos cuáles son.
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Las 8 causas que pueden ocasionar que la Secretaría del Bienestar te pueda retener el pago de la pensión son las siguientes:
- inconsistencias en los datos personales del beneficiario registrado: Esta razón se refiere a que ante la revisión de los documentos de identidad del pensionado cuando se identifique que alguno de los documentos de identidad como el acta de nacimiento, identificación vigente, CURP o comprobante de domicilios entregados sea falso o bien que los datos pertenezcan a otra persona o los datos no correspondan entre sí se procederá a la retención de la pensión.
- por dos no cobros consecutivos: Se refiere a cuando los pensionados a quienes se les paga por operativos de pago no se presenten a recibir los apoyos por dos bimestres consecutivos con excepción de aquellos bimestres en los que se emitan pagos anticipados. Así que, si no vas por dos periodos seguidos de pago, te retendrán el pago a partir del pago siguiente.
- por duplicidad comprobada de datos personales del pensionado: También te pueden retener el pago cuando se haya identificado una duplicidad de registros en el padrón, considerando que al registro de menor antigüedad es al que se le realizará la retención.
- por alteración o falsificación del documento de medio de cobro: En los casos en que se entrega a los pensionados una orden de pago y cuando se detecte alguna alteración o falsificación del documento de medio de cobro de la persona derechohabiente será motivo también para la retención de los pagos siguientes.
- retención por no localización de la persona derechohabiente: Es decir que se aplicará retención de la pensión cuando el personal de la Secretaría del Bienestar haya realizado la visita domiciliaria hasta en dos ocasiones consecutivas y no sea localizada la persona derechohabiente o su persona adulta auxiliar en días y horarios diferentes.
- retención por cobros indebidos: Cuando se identifique y confirme la realización de cobros simultáneos o indebidos se retendrá el pago por el número de bimestres en el que se realizaron dichos cobros al registro más reciente.
- retención por no presentarse a recoger su medio de cobro: Cuando una persona derechohabiente o su persona adulta auxiliar no se haya presentado a recoger su medio de cobro la Secretaría del Bienestar podrá retener la pensión hasta el momento en que se presenten por él.
- retención por incumplimiento de las reglas de operación: Cuando la instancia ejecutora detecte algún incumplimiento de lo establecido en las presentes reglas de operación.
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Ahora ya sabes cuáles son las razones por las que te pueden retener el pago adulto mayor tienes que tener cuidado con alguno de los puntos para que tu pago no sea interrumpido.