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PENSIÓN BIENESTAR| ¿PUEDE HEREDARSE LA PENSIÓN AL FALLECER?

PENSIÓN BIENESTAR| ¿PUEDE HEREDARSE LA PENSIÓN AL FALLECER?

El programa de Pensión Bienestar es uno de los muchos apoyos sociales brindados por el gobierno mexicano que trabajan arduamente en conjunto con la Secretaria del Bienestar para brindar atención a todos aquellos grupos sociales vulnerables tal es el caso de las personas mayores de 65 años, te invito a que sigas leyendo esta nota hasta el final para que puedas tener toda la información del programa.

Tal como lo menciona el nombre del programa, busca que los millones de beneficiarios puedan mejorar sus condiciones de vida mediante los pagos bimestrales que se le brinda a cada población.

PENSIÓN BIENESTAR| PARA MUJERES DE 60 A 64 AÑOS

¿Qué sucede cuando el titular fallece?

El programa no tiene una fecha de vencimiento o un número de cobros, por lo que los titulares inscritos podrán cobrar su apoyo a partir de los 65 años y hasta su último día de vida. Así que para aquellas personas que creían que la pensión se hereda, lamento decirle que no, pero que una vez que fallece el titular pueden realizar el proceso de cobro del pago de marcha.

¿Cuál es el cobro de marcha?

El pago de marcha es único y la persona auxiliar puede solicitarla una vez que el adulto mayor inscrito al programa haya fallecido y no rebase los dos meses después de la defunción.

Para de esta manera las familias mexicanas puedan tener una ayuda extra para todos los gastos funerarios del ser querido, finalmente, te invito a que sigas este canal de difusión donde te estaré compartiendo a detalle toda la información necesaria de este y otros programas sociales.

Programas para el Bienestar. ¿Cuáles son los requisitos para solicitar el apoyo de 3 mil 100 pesos que ofrece la Secretaría de Bienestar?

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