
Con el último pago del año a la vuelta de la esquina, seguro te preocupa si el SAT puede embargar tu Pensión Bienestar. La respuesta corta y tranquilizadora es no. Gracias a una nueva disposición legal, el dinero que recibes de programas sociales como este es considerado inembargable para cubrir deudas fiscales.
Esto significa que ni el SAT, ni los bancos, ni ninguna otra institución financiera pueden retener o descontar dinero de tu pago de noviembre para cobrar impuestos atrasados. La ley te protege porque reconoce que este apoyo es un derecho social fundamental para tu bienestar. Así que, en lo que respecta a deudas con el fisco, puedes estar tranquilo.
Cuidado: estas deudas sí ponen en riesgo tu dinero
Ahora bien, es muy importante que entiendas la diferencia. Aunque tu pensión está a salvo del SAT, no lo está de otro tipo de deudas personales. Si tienes un compromiso financiero que no has cumplido, tu dinero sí podría ser retenido, pero solo bajo una circunstancia muy específica: una orden judicial.
¿En qué casos podría pasar esto?
- Deudas con tiendas o préstamos: Si dejaste de pagar un crédito o un préstamo personal y el acreedor te demanda, un juez puede ordenar el embargo de tu cuenta.
- Si eres aval de alguien: Mucho ojo con esto. Si serviste como aval para un familiar o amigo y esa persona no paga, legalmente tú te conviertes en el responsable de la deuda y podrían embargarte a ti.
- Pensión alimenticia: Si tienes un adeudo por pensión alimenticia, es una de las causas más comunes por las que un juez ordena retener los fondos de una cuenta.
Una vez que el dinero de la pensión es depositado en tu tarjeta, se convierte en tu ahorro personal y, por lo tanto, puede ser retenido si existe un proceso legal en tu contra.
Para evitar sorpresas desagradables, es fundamental que mantengas tus finanzas personales en orden y seas muy cuidadoso al adquirir deudas o servir como aval. Tu pensión es un derecho que te has ganado, ¡no dejes que un descuido la ponga en riesgo!
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Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿El SAT puede quitarme mi pensión por deber impuestos? No. Por ley, los fondos de la Pensión Bienestar son inembargables para deudas fiscales con el SAT. Tu apoyo está seguro en ese aspecto.
¿Y si le debo dinero a una tienda o a un particular? En ese caso, sí podrían embargarte. Si un juez emite una orden por una deuda personal (préstamos, pensión alimenticia, etc.), el banco está obligado a retener el dinero de tu cuenta para pagarle al acreedor.