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¿Qué pasará el próximo año con los programas sociales como la Pensión Bienestar?

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De acuerdo con los datos más recientes de la Secretaría de Bienestar, la Pensión para el Bienestar de los Adultos Mayores otorga 6,000 pesos bimestrales a más de 12 millones de adultos mayores.

Ante esta comprensión, un número considerable de adultos mayores beneficiarios de la Pensión para el Bienestar de los Adultos Mayores alberga incertidumbre sobre el futuro de este programa social federal en 2025, específicamente después de que concluya la presidencia de Andrés Manuel López Obrador.

Propuesta para que adultos mayores puedan acceder a la Pensión Bienestar a partir de los 62 años

Es importante recordar que el presidente Andrés Manuel López Obrador, con el apoyo de Morena y partidos aliados en el Congreso de la Unión, presentó y ratificó las reformas necesarias para que la Constitución mexicana reconociera como derechos universales los programas sociales de la Secretaría de Bienestar, entre ellos la Pensión para el Bienestar de los Adultos Mayores.

De acuerdo con este entendimiento, los programas sociales de la Secretaría del Bienestar seguirán operando, es decir, los beneficiarios continuarán recibiendo los recursos correspondientes, aun cuando López Obrador no sea el titular del Poder Ejecutivo Federal en 2025 con posterioridad a la toma de posesión del nuevo jefe de Estado el 1 de octubre. Esto debido a que dichos programas son derechos constitucionales.

Los adultos mayores que reciben la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores seguirán recibiendo recursos en sus tarjetas del Banco del Bienestar en 2025, a pesar del aumento bimestral previsto en el monto que se les deposita.

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Los criterios necesarios

Si una persona tiene 65 años o más y aún no ha recibido la Pensión para el Bienestar de los Mayores, debe saber que en el sitio web oficial de los Programas de Bienestar se especifican los criterios y requisitos previos para presentar una solicitud:

*Tener 65 años o más de edad cumplidos dentro del bimestre de incorporación.

*Ser mexicano o mexicana por nacimiento o naturalización con domicilio actual en la República Mexicana.

*Acta de nacimiento.

*Documento de identificación vigente: credencial para votar o del INAPAM, pasaporte u otros documentos expedidos por la autoridad correspondiente que acrediten identidad.

*Clave Única de Registro de Población (CURP).

*Comprobante de domicilio (de máximo 6 meses de antigüedad) o constancia de residencia de la autoridad local.

*Formato Único de Bienestar debidamente llenado.

Advierten sobre cambios para los nuevos registros de afiliados en la Pensión del Bienestar

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